Limita a tres los viceministros y la creación de otros cargos en las dependencias
En la iniciativa se establece también que luego de la promulgación, la ley determinará los viceministros que necesita cada Ministerio para dirigir y administrar bajo el estricto criterio de racionalidad y adecuación al sector ministerial.
Asimismo, destaca que no habrá viceministro o viceministra sin cartera ni tampoco viceministerio que no cumpla sus atribuciones sustantivas específicas.
También la pieza determinará la cantidad de ministerios y viceministerios, sus atribuciones y fijará los organismos adscritos a sus sectores respectivos, bajo criterios de homogeneidad y racionalidad de la actividad administrativa.
Establece las reglas básicas de la organización y funcionamiento de la Administración Pública y las normas del ejercicio de la función administrativa por parte de los órganos del Estado.
En las recomendaciones de la Comisión de Justicia del Senado se destaca que el régimen legal vigente de organización de la Administración Pública debe adecuarse a los tiempos.
Creación y supresión de los cargos
Otro punto importante de la iniciativa lo constituye el artículo 10 del proyecto, que habla de la gestión de calidad.
Se especifica que los objetivos de la Administración Pública serán la mejora continua de la gestión bajo parámetros de racionalidad técnica y jurídica, de acuerdo con las políticas fijadas y los recursos disponibles.
La supresión o modificación de los empleos se adoptará mediante actos que gocen de rango normativo igual o superior al de aquellos que determinaron su creación.
La iniciativa del senador Julio César Valentín precisa que no podrán crearse nuevos órganos que supongan duplicación de otros ya existentes, si al mismo tiempo no se suprimen estos órganos preexistentes o se les restringen debidamente sus competencias.
fuente:cachicha.com
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